Pasos a seguir cuando se acaba el contrato de alquiler de la vivienda en España
30.Oct.2025. Tips. Un contrato de alquiler de cualquier vivienda finaliza cuando concluye el plaza o una de las partes ha incumplido alguna obligación. También termina cuando el casero o arrendador pide la vivienda porque la necesita y así está previsto en el contrato o cuando el arrendatario o inquilino ejercita el derecho de desistimiento, es decir, comunica que no desea continuar con el alquiler.
Hay unas cosas que deberías realizar al terminar tu contrato de alquiler, seas arrendador o el inquilino. En este artículo, intentamos resumir algunas de ellas.
1er Paso. Posibilidad de prórroga
Actualmente en España la duración del contrato la pueden pactar las partes libremente. Lo más habitual es firmar por un año, que se podrá prorrogar a voluntad del inquilino a arrendatario hasta cinco (5) años, si el arrendador o casero es una persona física y hasta siete (7) si es jurídica.
Pasada esta primera prórroga legal, si no se da por finalizado el contrato con un preaviso suficiente que debería ser de cuatro (4) meses para el arrendador o casero y dos (2) meses para el inquilino o arrendatario, el contrato entrará en una nueva prórroga legal de hasta otros tres (3) años.
En cualquier caso, es importante que mantengas una comunicación fluida con tu inquilino (en caso de que sea el dueño de la vivienda) o con tu casero (en caso de que seas inquilino).
2do Paso. Firma que se ha acabado el contrato de alquiler
Aunque se puede finalizar el contrato de alquiler mediante cualquier comunicación escrita, es mucho más seguro y recomendable para ambas partes firmar un documento de resolución, como el modelo siguiente.
Modelo
Documento de entrega de llaves y extinción del contrato de alquiler
En la ciudad de _________ a __ de ____ del 20__.
En relación con el contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en ________ de la localidad de ________, de fecha ________, las dos partes contratantes declaran lo siguiente:
- 01. A solicitud de la Arrendataria, el arrenfamiento se declara extinguido con fecha ______________.
- 02. La Arrandataria hace entrega de las llaves y posesión del inmueble al Arrendador en este acto.
- 03. Tras la inspección de la vivienda, se constata que no existen desperfectos aparentes en la vivienda, sus inmuebles o instalaciones, que excen del uso ordinario de la vivienda alquilada.
- 04. El Arrendador reconoce que no existen deudas pendientes por parte de la Arrendataria, por renta y, en su caso, cantidades asimiladas a la renta.
- 05. A esta fecha, los contadores indican las siguientes mediciones:
Luz: _____ kW, Gas:______ m3; Agua: ______ m3
- 06. En vista de lo anterior, el Arrendador procederá a hacer la liquidación de la suma que en concepto de fianza y de garantía adicional entregó la Arrendataria en el momento de la firma del contrato. En este momento se devuelve a la Arrendataria la cantidad de ______ euros. El presente escrito sirve como reconocimiento de pago.
En prueba de la conformidad con su contenido, ambas partes firman el presente escrito por duplicado.
____________________ ___________________
Nombre del Arrandatario Nombre del Arrendador
DNI/NIE:____________ DNI/NIE:____________
3cer Paso. La fianza
Si eres el inquilino, para que la devolución de la fianza fluya sin inconvenientes es recomendable:
- Hacer un video detallado del estado de la vivienda.
- Leer los contadores de los suministros y anotarlos en el documento.
- Realizar una inspección de la vivienda junto con el Arrendador.
Si por su parte, eres el Arrendador, se recomenda que:
- Comunicar cuanto antes los desperfectps observados.
- Presentar las facturas detalladas de las reparaciones necesarias para decontar el importe de la fianza. Recuerda que las reparaciones necesarias por el desgaste normal de la vivienda, tales como la pintura o limpieza, no son atribuibles al inquilino, por lo que NO deben descontarse de la fianza.
- Realizar una inspección de la vivienda junto con el Arrendador.
Si hay desperfectos o deudas, las cláusulas 3, 4 y 6 del modelo anterior podrían cambiar como siguen:
- 03. Tras una inspección de la vivienda se constata que existen graves desperfectos aparentes de la vivienda, sus muebles o instalaciones, que exceden del uso ordinario de la vivienda alquilada. Son visibles los siguientes desperfectos (numerarlos uno a uno).
- 04. El Arrendador reconoce que existen deudas pendientes por parte de la Arrendataria, por renta, y en su caso, cantidades asimiladas a la renta. En concreto (listar las deudas contractuales, una a una).
- 06. En los próximos quince (15) días, el Arrendador procederá a transferir a la Arrendataria el resto de la suma pendiente, una vez descontado en su caso el importe de facturas pendientes o de los desperfectos señalados o los que puedan ponerse de manifiesto en este periodo.
Si el Arrendador no devuelve la fianza, el Arrendatario debe reclamarla por medio de un burofax, otorgándole unos días más de plazo advirtiéndole que pasado el plazo interpondrá una demanda judicial.
Por último, debes saber que una práctica incorrecta pero muy extendida consiste en que el Arrendatario no pague el último mes y que el Arrendador se quede con la fianza en compensación. Lo adecuado es firmar un documento o escrito de resolución en el que se haga constar que la vivienda se entrega a entera satisfacción del Arrendador o, si por el contrario existen desperfectos, detalles cuáles son, como el modelo de arriba.
Magdiel J. Sevilla
@magdieljsevilla
Con información del artículo "Fin del contrato: todo clarito", publicado en la revista OCU del mes de Octubre 2025.
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